sábado, 20 de octubre de 2012

Los Pueblos Andinos del Nororiente Colombiano


Génesis e Institucionalidad de Mutiscua: Parroquia y Municipalidad

http://issuu.com/silvanopabon/docs/g_nesis_e_institucionalidad_de_mutiscua

  
Silvano Pabón Villamizar
Historiador UIS
1. Asentamientos Tempranos
  
El territorio del actual municipio de Mutiscua[1], articulado geográficamente por la cabecera de la cuenca del río Zulasquilla, mismo Zulia en su parte baja, era asiento de tres comunidades indígenas a la llegada de los españoles. Una vez fundada la ciudad de Pamplona en 1549, estos pueblos fueron encomendados y puestos al servicio de los propietarios de las empresas mineras y agroganaderas que se instituyeron desde aquella ciudad. Tapaguá, Caldera y Rábicha proveyeron hombres y mujeres indias para la explotación de las minas de Páramo Rico, la Montuosa y Las Vetas, así como para la realización de sendas labranzas de trigo, maíz y turmas en el mismo Valle, especialmente en las estancias del Capitán Alonso Rangel, encomendero de Tapaguá, quien ya para 1590 había hecho construir un excelente molino harinero movido con las aguas del río.

El bullicioso y encantador río La Plata, poblado con sus truchas parameras. Corre presuroso por el antiguo valle de Tapaguá, actual municipio de Mutiscua, en inmediaciones del majestuoso páramo de Santurbán, estrella fluvial de la cual manan estas aguas, cabecera del binacional río Zulia. Pasado y presente se conjugan en esta imagen, pues se puede apreciar, margen izquierda, el trazo de una vieja acequia o toma de agua usada para mover un molino harinero istalado allí en el Siglo XVI; y, en la rivera derecha, un cimiento o vallado de piedra construido a la usanza española, mientras los campesinos modernos cultivan los amagamientos del río donde habitaban los antiguos chitareros, prehispánicos habitantes de esta comarca.

Algunos vecinos de Pamplona y en especial los encomenderos instalaron en el Valle de Tapaguá, como se conoció el territorio en el periodo colonial, numerosas huertas y estancias con ganado vacuno y ovejuno principalmente, de donde se extraía exquisita producción de leche, quesos, amasijos o conservas y lana abundante para los obrajes. A finales del Siglo XVI productos de esta zona eran enviados regularmente a través de laboriosas recuas de mulas hacia la ciudad de Ocaña y su puerto, donde se realizaba su comercio, permitiendo surtir los puertos, la boga y navegación por el río Grande de la Magdalena, e incluso la misma Plaza de Cartagena; pero quizá lo más importante, permitiendo importar o introducir al territorio valiosos cargamentos de mercaderías europeas para el consumo de la naciente aristocracia terrateniente y comercial que se conformaba en la ciudad de Pamplona y su provincia.

A principios del Siglo XVII, en 1623, Don Luis Jurado, vecino de Pamplona, actuando como Juez de Comisión por el Oidor Don Juan de Villabona y Zubieaurre hizo transladar y agregar los indios de Tapaguá al pueblo de Silos, donde junto a los de Cáraba, Bávega y Tutepa, entre otros, formarían la Doctrina de Silos; dotada de cura permanente y de un cabildo indígena o autoridades étnicas propias, gozando además de suficientes tierras de resguardo o comunidad. Las pocas familias indias que quedaban de las comunidades de Caldera y Rábicha fueron agregados al pueblo de Cácota de Velasco.


Este puente colonial, hecho en "calicanto" (piedra canteada pegada con argamasa), fue construido a mediados del Siglo XVIII por mineros de la ciudad de Pamplona de Indias, tendido sobre la quebrada La Armenia, tributaria del río Tapaguá, hoy río La Plata, cabecera del binacional Zulia. La relevancia de esta pieza de ingeniería civil Española radica en lo estratégico de este paso en el antiguo Camino Real hacia las minas la Vetas, La Baja y Suratá en los Páramos de Pamplona colonial. En tiempos de la República, incluso hasta avanzado el Siglo XX, fue paso obligado en el Camino Nacional Pamplona-Bucaramanga.


A lo largo de los siglos XVII y XVIII el Valle de Tapaguá, cruzado por el Camino Real de Pamplona a los Reales de Minas, tanto de Los Páramos como del Río del Oro o Bucaramanga, fue asiento de florecientes haciendas productoras de trigo y de toda suerte de hortalizas y frutos de la tierra, de tal manera que allí en sitios como La Caldera, Hato Viejo, La Quebrada y El Rancho se aposentaban los arrieros y viajeros que transitaban esta importante ruta colonial con sus recuas y comercios. Así mismo, aprovechando la fertilidad de sus tierras, sus abundantes aguas y la relativa proximidad con su centro urbano, la ciudad de Pamplona, numerosos estancieros blancos y campesinos mestizos se fueron paulatinamente asentando en todo el Valle, de tal modo que para las primeras décadas del Siglo XIX ven la necesidad de poblarse e instituirse parroquial y municipalmente, según los nuevos vientos de civilidad que traía la República.

2. Génesis y Consolidación de la Parroquia y la Municipalidad

Entrado el Siglo XIX e instituido el sistema republicano, especialmente con los primeros procesos significativos de construcción del Estado Nacional como la redacción de la Constitución de la Gran Colombia en 1821, la creación o definición político administrativa que recibieron la mayoría de las parroquias y doctrinas heredadas de la colonia en 1822 al ser ascendidas y homogeneizadas como distritos parroquiales; se dio pie para que muchas comunidades rurales aún no organizadas institucionalmente o en formación, optaran por su localización poblacional urbana y su erección jurídica y política. En aquellos años la población del Valle de Tapaguá estaba adscrita a administrativamente, desde lo civil, al distrito de Pamplona, en calidad de partido, fracción o vereda. Y, eclesiásticamente se tenían como feligresado de la parroquia de El Carmen de Pamplona, erigida en 1803 como segundo curato de esta vieja ciudad colonial.

En la historiografía tradicional de la localidad y la provincia, especialmente en los trabajos del Padre Adolfo García Cadena[2], se cuenta con poético lenguaje como los principios de esta población estuvieron en el sitio de La Caldera, donde el terrateniente más avezado del lugar, Don Ignacio Bermúdez, había construido una capilla u oratorio en su casona y ocasionalmente era visitado por un clérigo que reunía allí los vecinos del sector para impartir la eucaristía y algunos sacramentos. De hecho puede afirmarse que para la década los años 1820´s el sector de La Caldera, donde sobresalía la mansión de Los Bermúdez, iniciaba un liderazgo significativo para poblar e instituir eclesiástica y políticamente el Partido de Tapaguá.

Luego, en 1841 los vecinos de los partidos de Tapaguá, Cupagá, Manzano, Aradita y Los Rastrojos elevaron una representación al Señor Gobernador de la Provincia de Pamplona solicitando se erigiera una parroquia que agrupara su feligresado de los partidos proponentes. Entre las razones más sentidas para tal solicitud se exponía; primero el hallarse demasiado lejos de la cabecera municipal y asiento de la parroquia de El Carmen de Pamplona, razón por la cual en muchas ocasiones los enfermos morían sin ser asistidos en su agonizar por un sacerdote. Dos, aducían que la población campesina allí era mayoritariamente pobre y carecía de medios para enviar sus hijos a estudiar a Pamplona, quedándose la juventud sin las primeras letras. Tres, que el vecindario proponente, moradores en estos partidos no caía de las dos mil personas y no podían ejercer su derecho al sufragio por no contar con asamblea parroquial, viéndose obligados para ello a desplazarse a Pamplona con grandes costos y abandono de sus sementeras. Y, cuatro, que estos partidos requerían de jueces y alcalde parroquial para mejor administración y servicio de los asuntos públicos y de justicia, pues carecen de cárcel y castigo para los ocasionales infractores de la Ley que se presentaban.

Se propusieron los siguientes linderos para la nueva parroquia y distrito a erigir: “por el lado de la parroquia del Carmen por la quebrada de Barrientos hasta dar con la de Chínchipa, conocida igualmente con el de la de Los Salados, tomando antes el chorro que baja del alto de Las Golondrinas hasta encontrar con la quebrada indicada de Barrientos hasta dar río, y por los lados de Silos, de Cácota de Velasco y Vetas, con los cuales se encuentran lindando los partidos de que debe componerse la parroquia en cuestión, los mismos que hoy tienen demarcados aquellos distritos parroquiales”[3].

El vecindario proponente se comprometía a asegurar la congrua y sustentación del cura que les nombrasen, caso necesario con el dinero que faltase de las primicias, los novenos de diezmos y demás derechos parroquiales; edificarían la iglesia y la cárcel pública, cediendo el terreno que ocuparían esos edificios y la plana pública y el cementerio; erogarían en comunidad el dinero necesario para dotar las tres cofradías de rigor, la de Nuestro Amo o Santísimo, la Virgen y las Animas; y se comprometían a localizar el sueldo para el maestro de primeras letras que habría de instituirse una vez se erigiera la parroquia. Se emplearían con entusiasmo en la consecución de esos recursos y en la construcción de las obras en cuestión, anunciando sí que para el intento que les asistía podría servirle la capilla de La Caldera mientras construían el Templo Parroquial.

Es importante observar como en la sustentación de motivos o justificación del proyecto parroquial de los pobladores de los partidos en cuestión, se esgrimen con mayor rigor las ventajas o utilidad pública de la parroquia a erigir. Se exponía el carácter de municipalidad que revestía el hecho institucional de la parroquia, es decir, el traer consigo una escuela de primeras letras, la instalación de un concejo parroquial, la presencia efectiva de un juez o alcalde partidario, distrital es este caso. Al mismo tiempo, decían los proponentes, sería muy saludable se levantara un nuevo poblado y distrito parroquial en el camino principal que conducía al “circuito de jirón”, pues entre Pamplona y aquella ciudad sólo existía ya próximo a Bucaramanga el pequeño distrito de Tona, teniendo que cruzar un largo trecho de páramo antes de llegar allí.

Firmaron la solicitud el Alcalde del Distrito parroquial de El Carmen, Justo Ramírez; El Suplente de Alcalde, Clemente Suárez; el Juez Primero, Francisco Lizcano; El Juez Segundo, Tomás Daza. Polinar Lizcano, Felipe Pío Bermúdez, Patricio Villamizar[4], Víctor Bautista, Manuel Escalante, Juan Agustín Hernández, Bartolomé Hernández, Benedicto Hernández, Silverio Villamizar, Juan Villamizar, Jil Suárez, Juan de dios Bautista, Andrés Bautista, Pedro Antonio Hernández, Antonio María Escalante, Cruz Ribera, Jesús María Bautista, Juan Acevedo, Damián Hernández, Pedro Gómez, Juan Hernández, José María Buitrago, Juan Pablo Contreras, Nicolás Buitrago, Román Suárez, Evaristo Villamizar, Trino Buitrago, Miguel Bautista, Miguel Villamizar, Andrés Bermúdez, Patricio Bautista, Romualdo Bermúdez, Manuel Ribera, Vidal Bermúdez, Antonio Bermúdez, Juan Esteban Hernández, Pedro María Villamizar, Ignacio Buitrago, José María Cote, José Rangel, Domingo Hernández, Fermín Hernández, José María tapias, Francisco Tapias, Juan Villamizar Bautista y Cayetano Buitrago[5].

El Concejo Municipal del Cantón de Pamplona conceptúo justo, oportuno y pertinente se erigiera la parroquia que solicitaban los vecinos de los partidos de Tapaguá y sitios que le acompañaban, pues en efecto, las largas distancias y malos caminos que los separaban de El Carmen hacía que primara el bien común y público el acceder a tal petición. Reconocían los ediles en Pamplona que los vecinos allí asentados tendrían mejor acceso a su derecho al sufragio en elecciones primarias, tendrían mejor y más oportuna administración de justicia en primera instancia, tendrían asistencia y administración religiosa como un derecho consagrado por la Constitución de la Nueva Granada, habría además mejor auxilio a los viajeros del Camino Nacional y pronto tendría el vecindario asentado en su pueblo una escuela de primeras letras, evitando toda la población se criara en la ignorancia[6].

Por su parte el Primer Obispo de Nueva Pamplona, Monseñor José George Torres Stan, conceptúo era favorable se erigiera la parroquia que solicitaban Tapaguá y sus anexos, manifestando que “no hay inconveniente en impartir la jurisdicción eclesiástica al párroco que se presente; contando esta Diócesis con el aumento de esta parroquia, patrimonio para sus hijos que sirven al estado civil y eclesiástico”. Reconocía además el eminente Prelado que había argumentos para contrarrestar las razones de conveniencia y utilidad pública que asistía a los postulantes y al proyecto mismo[7].

El Párroco de El Carmen, a la sazón el Padre Hilarión Camargo, rechaza el proyecto parroquial de aquel vecindario de asentarse como pueblo en el sitio de Hato Viejo, erigiéndose como parroquia y distrito parroquial simultáneamente, pues la Ley así se lo permitía, argumentando que esa no era una idea de todo el colectivo, que sólo era un pequeño grupo de maliciosos disociadores y mentirosos quienes querían engañar a las autoridades y alucinar el pueblo para semejante desafuero que dejaba su parroquia incóngrua. Contradijo reciamente los puntos de la sustentación hecha por los vecinos proponentes, aquellos que ya aprobara el Concejo Municipal del Cantón y el mismo Obispo de Nueva Pamplona y de paso motivó el levantamiento de un memorial de oposición a la nueva parroquia a erigir en el sitio de Hatoviejo por los vecinos de Tapaguá y sus alrededores, en la cual firmaron 44 vecinos de Pamplona.

Sin embargo, muy a pesar de las enconadas oposiciones expuestas, tanto por el Párroco de El Carmen como por algunos vecinos de Pamplona, el proceso siguió adelante y los feligreses de Tapaguá, Cupagá, Manzano, Aradita y los Rastrojos recibieron el título de parroquia del Gobernador de la Provincia de Pamplona el 24 de Noviembre de 1841. Se decretó, previos considerandos,

“Artículo 1º. Se segrega del Distrito Parroquial del Carmen del Cantón del Centro de la Provincia, el territorio que comprende los sitios de Tapaguá, Cupagá, Manzano, Aradita i los Rastrojos.

Artículo 2º. Se erige con el nombre de Mutiscua un nuevo distrito parroquial en el territorio que expresa el artículo anterior dentro de los límites siguientes: por el lado de la referida parroquia del Carmen por la quebrada de Barrientos hasta dar con la quebrada de Chínchipa o de los Salados, tomando antes el chorro que baja del alto de Las Golondrinas hasta encontrar con la citada quebrada de Barrientos al río, i por los otros lados con la línea donde termina el territorio los distritos parroquiales de Silos, Cácota de Velasco i Betas.

Artículo 3º. Se designa para población del expresado distrito el llano de Hatoviejo en el camino provincial que de esta ciudad sigue para la Capital de la República”[8].

El anterior decreto requería de la aprobación del Supremo Gobierno, siempre y cuando los interesados lograran certificar la construcción de la Iglesia parroquial y la Cárcel, presentando una fianza que lo sustentara, así como la seguridad de las rentas y erogaciones comprometidas (congrua del cura y dotación de cofradías).

Y, en efecto, previas indagaciones y análisis de informes levantados por comisionados enviados por el Gobierno de la Provincia a estudiar mejor el caso, el Poder Ejecutivo de la República de la Nueva Granada, desde la Secretaría del Interior y Relaciones Exteriores, se dirigió al Gobernador de Pamplona el expediente de Mutiscua con su aprobación oficial, expresada en los siguientes términos:

“Apruébase la erección de una nueva parroquia en el cantón del centro de la Provincia de Pamplona, compuesta de los partidos denominados Tapaguá, Cupagá, Manzano, Aradita y los Rastrojos, la que llevará el nombre de Mutiscua; y cuyos límites serán los designados en el artículo segundo del decreto de la Gobernación de Pamplona de 24 de noviembre próximo pasado. La misma Gobernación dictará las órdenes convenientes para que se lleve a efecto la erección de la nueva parroquia, haciendo que la población se establezca en el punto que ofrece mayores ventajas; que se levanten los edificios de Iglesia, cárcel y escuela, y que se tracen y delineen con toda regularidad la plaza y las calles, de manera que todas las casas que se levanten queden desde el principio bien ordenadas. Igualmente dictará las providencias del caso para que se haga el nombramiento de los funcionarios civiles de la parroquia, y para que reunidos los padres de familia hagan la postulación de su párroco en la forma debida”[9].

Como reflexión de primer orden es necesario anotar como la erección de una parroquia en el Siglo XIX tenía, sí su carácter religioso, pero fundamentalmente un carácter público y civil. La utilidad pública de la parroquia decimonónica, por lo menos en tiempos de la República de la Nueva Granada, se objetivaba a tal punto que el erigir un feligresado como tal, significaba inmediatamente erigirlo como distrito parroquial, nombrando jueces, alcalde y concejo parroquial. De otro lado, entre los considerandos políticos que asistían a la parte civil para erigir una parroquia estaban los siguientes: “Que la erección de nuevas parroquias en la República fomenta el sostenimiento del culto i facilita i pone al alcance de los individuos los grandes consuelos de la religión para su salud espiritual; i que es deber del Gobierno proteger a los granadinos en el ejercicio de su religión, prestándoles los auxilios que al efecto necesiten, en observancia de las disposiciones vigentes en el país”[10].
La historia institucional moderna de la comunidad de Mutiscua se consolidó con la expedición del Título de Parroquia por el Gobernador de la Provincia de Pamplona, el 24 de noviembre de 1841, previa aprobación del Gobierno Eclesiástico de la Diócesis de Nueva Pamplona. Luego vino la confirmación o aprobación de esta erección de la Parroquia de Mutiscua por el Gobierno Nacional, firmada por el Secretario del Interior, Doctor Mariano Ospina Rodríguez, Bogotá junio 18 de 1842; para así producirse el Título de erección parroquial por parte del General Pedro Alcántara Herrán, Presidente de la Nueva Granada, despachado por la Secretaria del Interior y Relaciones Exteriores, el 4 de febrero de 1843. Con ello se procedió a elegir, nombrar e instalar los dignatarios municipales de los poderes públicos del nuevo distrito parroquial, al tiempo que el Padre Casimiro Villamizar abrió los libros sacramentales e inició la administración de su feligresado. El casco urbano se localiza a 2.610 msnm; a 07º 18’ 04.02” N y a 72º 44’ 48.9” W; temperatura promedio de 14ºC; con una población de 589 personas y 3.258 en el resto o parte rural, para un total de 3.847 habitantes. Dista Mutiscua 27 kms de la ciudad de Pamplona, 102 Kms de San José de Cúcuta, capital del Departamento, y 98 Kms de Bucaramanga. Tiene su territorio una extensión de 159 Km2 y limita con los municipios de Pamplona, Cácota, Silos, Vetas, California y Cucutilla.

Una vez instituida la parroquia tanto por lo eclesiástico como por lo civil, se procedió a la postulación del Párroco, el cual sería electo popularmente entre las cabezas de familia del nuevo feligresado parroquial. Así las cosas, en el sitio de Hatoviejo, lugar elegido para asentar la traza y plaza de Mutiscua, se postularon los nombres de los presbíteros Casimiro Villamizar, Hilarión Camargo y Justo Contreras, quienes al someter sus nombres a votación entre la comunidad, resultó electo el padre Casimiro Villamizar con 86 votos. Los dos restantes obtuvieron cada uno cuatro votos[11].

Sin embargo, el proceso de erección parroquial aún no estaba completo o debidamente perfeccionado, pues faltaba su confirmación presidencial, en aras al ejercicio del nuevo patronato que habían asumido o impuesto los gobiernos republicanos. De tal modo que el General Pedro Alcántara Herrán, a la sazón presidente de la Nueva Granada, expidió el título parroquial con el sello del poder ejecutivo, en el despacho de la Secretaría del Interior y Relaciones Exteriores el 4 de febrero de 1843[12].

Luego, el Gobernador de la Provincia de Pamplona, Doctor José María Afanador, procedió a nombrar oficialmente al Padre Casimiro Villamizar como primer Párroco de Mutiscua, según la elección que de él la comunidad había hecho. Para ello el Gobernador de la Provincia había recurrido a las facultades que le confería el artículo 33 de la Ley de Patronato eclesiástico de 1924. El Padre Casimiro se posesionó como Párroco de Mutiscua el 12 de mayo de 1843, previa colación e institución canónica que recibiera del Obispo de la Diócesis de Nueva Pamplona.

La erección de la parroquia de Mutiscua como se vio desde un principio tuvo férrea oposición de párroco del Carmen y de algunos vecinos de Pamplona, quienes no cesaron de litigar contra ese proceso, logrando que el gobierno de la provincia interviniera o modificara los límites entre las dos parroquias el 15 de abril de 1850. En aquella ocasión el Doctor Isidro Villamizar, Gobernador de la Provincia de Pamplona, ordenó se segregaran de Mutiscua los partidos de Cerro, La Aradita, Manzano, San Agustín y Chínchipa, agregándolos a la parroquia del Carmen en lo eclesiástico, y en lo civil y político al distrito de Pamplona. Esto creo una contrariedad jurisdiccional y no pocas incomodidades para este vecindario, pues con el correr del tiempo estos feligreses siguieron intentando y litigando ante las autoridades eclesiásticas su agregación a Mutiscua.

En 1888, ya en tiempos de la Regeneración, la Asamblea Legislativa del Departamento de Santander, promulgó la Ordenanza número 13, sobre régimen político y municipal, por medio de la cual definió los linderos o jurisdicción civil entre Pamplona y Mutiscua, así:

“Artículo 3º. Segrégase del municipio de Pamplona las fracciones de Rastrojos de Manzano o Aradita, San Agustín y Trujillo, las cuales se agregarán al municipio de Mutiscua, que queda constituido en sus límites con la capital de la Provincia; así: por el lado de la Parroquia de Carmen, la quebrada de Barrientos hasta dar con la quebrada de Chínchipa o los Salados, tomados antes el Chorro que baja del Alto de Las Golondrinas hasta encontrar la citada quebrada de Barrientos hasta el río. Dichos linderos señalan la demarcación del municipio de Mutiscua en sus límites con el de Pamplona según decreto expedido por la gobernación de la Provincia en el año de 1841 y titulado como correspondía por el presidente de la Nueva Granada”[13].

En el presente siglo, en 1926, el 31 de julio, los vecinos de aquellas veredas aún seguían insistiendo al Señor Obispo de Pamplona fueran agregados eclesiásticamente a la parroquia de San José de Mutiscua, segregándolos del Carmen de Pamplona, pues se encontraban mucho más lejos de ésta última y ya pertenecían civilmente a Mutiscua desde el siglo anterior[14].

3. Mutiscua y sus Obras

Una capilla pajiza sirvió de iglesia parroquial en los primeros tiempos. Se levantaba ella hacia el norte de la población, al frente de la acera sur de la plaza. El templo actual se construyó bajo la dirección del hábil arquitecto venezolano Don Isaac Godoy. Descendientes de este Señor hicieron parte de la sociedad mutiscuana hasta hace poco tiempo.

Templo parroquial del feligresado católico de Mutiscua, Norte de Santander, Arquidiócesis de San Pedro de Nueva Pamplona. Parroquia erigida el 24 de noviembre de 1841, bajo la advocación de San José Obrero como patrono de este curato, y consagrado a la devoción mariana de Nuestra Señora de las Mercedes. Esplendida obra de arquitectura religiosa, haciendo un conjunto armónico con la Casa Cural, y recientemente restaurada en 2006.

Hasta 1933, época en que el Padre Adolfo María Cadena escribía sus historias, decía haber hablado con algunos

“ancianos de los que en su adolescencia ayudaron a acarrear, llenos de gozo, el material con que debía levantarse la primera iglesia parroquial. Este templo de tres naves con su correspondiente galería de columnas y arcos, fue consagrado solemnemente por el excelentísimo señor doctor don José Luis Niño, Obispo de Pamplona. Aquellas fastuosas solemnidades tuvieron lugar el 28 de agosto de 1858, con gran concurrencia de clero y de fieles de toda la provincia. La iglesia fue dedicada a Nuestra Señora de Las Mercedes, en cuyo honor se levantó mas tarde una capilla lateral”[15].

En 1925, la administración municipal de Mutiscua comisionó a su Personero, Señor Evangelista Latorre, para que contratara con el apoderado de la Sociedad Jaramillo & Cía. (posteriormente transformada en la Compañía Molinera de Herrán), Señor Luis Jaramillo, el montaje y explotación de una planta eléctrica con todas sus aplicaciones, durante los siguientes quince años[16]. Hoy se conservan las ruinas de la vieja planta eléctrica, así como ruinas de los viejos molinos.

Edificación emblemática de esta localidad. Perteneció a la reconocida Compañía Molinera de Herrán, que también tuvo sucursales en Pamplona, Málaga y Bucaramanga y debió cerrar al dejar de producirse trigo en esta región y en el país. Las instalaciones y equipos se conservan en perfecto estado, lo cual podría integrar un excelente museo de esta legendaria industria de otros tiempos.

Esta compañía, ya convertida en la Molinera de Herrán, construyó y benefició un molino harinero de grandes proporciones, altamente tecnificado e imponente, donde se procesaba el trigo que se producía en el territorio municipal y pueblos aledaños. La estructura e instalaciones del Molino se conservan en buen estado y podían constituirse en un importante centro cultural, patrimonio de la municipalidad.

4. Límites del Municipio

Los límites actuales del municipio de Mutiscua tenidos para efectos jurisdiccionales, fiscales y policivos son: Del nacimiento del chorro de las Golondrinas, en la cordillera de Alto Grande, siguiendo el curso de esta agua hasta su desembocadura en la quebrada de Barrientos; aguas de esta hasta su confluencia con el río de La Plata; de esta confluencia, siguiendo aguas del río arriba hasta donde recibe las de la quebrada de Los Salados; por las aguas de esta arriba hasta donde le entran en ella las de El Chorro, que baja de Lagunas Verdes; aguas de esta arriba hasta su nacimiento, de aquí al boquete de la Punta de Verpuano; de esta, en línea recta, a encontrar la parte mas alta de la cordillera del Alto del Viejo, siguiendo esta cordillera al sur hasta encontrar la laguna Negra, fuente del citado río; de aquí al morro de Nariz de Judío; de este al de las Ventanitas; del morro de Ventanitas, volviendo a la izquierda y siguiendo en dirección al oriente por el camino que viene de Bucaramanga, a dar al punto de La Laguna, de este al cerro de Media Luna; de aquí por todo un camino al cerro de El Cornal; del cerro de El Cornal, volviendo a la izquierda y siguiendo al norte por la cordillera del Morro de El Frailejonal; de aquí al boquerón de Chinávega, de este punto al camino que pasa por Alto Grande y va a Pamplona, y siguiendo este y la citada cordillera de Alto Grande, hasta encontrar el chorro de Las Golondrinas, punto de partida.

Sin embargo, diversas variaciones se han hecho a lo largo de la historia de esta comunidad e institucionalidad municipal y parroquial. Los linderos aprobados una en el proceso de erección del distrito parroquial en 1842 fueron pronto intervenidos en 1958 frente a la jurisdicción de Pamplona, y en 1868 en lo pertinente a laos confines de Cácota de Velasco, según lo expresa un despacho de la Jefatura Departamental de Pamplona, una vez hechas las observaciones de rigor.

“...se procedió a la vista de ojos, de la cual la Jefatura vino en conocimiento que los linderos que dividen las dos aldeas mencionadas, según lo indica la situación topográfica, son las siguientes: desde la cima del alto denominado “El Cornal”, punto que une los límites de Cácota, Mutiscua y Silos, siguiendo hacia el norte por toda la cima de la cordillera pasando por el alto del “Frailejonal” y por todo el espinazo del boquerón de “Chinavega” a dar al alto grande, antiguamente nombrado “Alto del Rayo” o de los “Jazmines”[17].

Los límites definitivos, en cuanto a lo civil se definieron, como ya se anotara anteriormente, en 1888 mediante la Ordenanza Número 13, sobre régimen político y municipal, especialmente modificando los linderos o jurisdicción civil entre Pamplona y Mutiscua, aunque con los Municipios de Silos seguían dándose algunas diferencias.

Bibliografía y Fuentes Consultadas

  1. Archivo Arquidiocesano de Nueva Pamplona, AANP-NS. Expediente de Erección Parroquial de Mutiscua. Aprobación de la Parroquia de Mutiscua por el Gobierno Central, firmada por el Secretario del Interior, Doctor Mariano Ospina Rodríguez, Bogotá, junio 18 de 1842.
  2. AANP-NS, Título de Erección Parroquial de Mutiscua. Decreto del Gobernador de la Provincia de Pamplona, Noviembre 24 de 1821.
  3. AANP-NS. Erecciones Parroquiales. Expediente de Erección Parroquial de Mutiscua. Concepto de Monseñor Torres Stan sobre la legitimidad y conveniencia para erigir a Tapaguá en parroquia, octubre 14 de 1841.
  4. AANP-NS. Erecciones Parroquiales. Expediente de Erección Parroquial de Mutiscua. Sala Municipal de Pamplona, a octubre 12 de 1841.
  5. AANP-NS. Erecciones Parroquiales. Expediente de Erección Parroquial de Mutiscua. Erección y Título de Creación de la Municipalidad de Mutiscua. Firmada por el General Pedro Alcántara Herrán, Presidente de la Nueva Granada, y el Doctor Mariano Ospina Rodríguez, Secretario del Interior y Relaciones Exteriores. Bogotá, febrero 4 de 1843.
  6. AANP-NS. Erecciones Parroquiales. Expediente de Erección Parroquial de Mutiscua. Solicitud de parroquia elevada al Gobernador de Departamento de Pamplona, 1941.
  7. Archivo Histórico Notarial de Pamplona, AHP-NS. Protocolo Notarial de 1924.
  8. Centro de Documentación e Investigación de la Universidad Industrial de Santander, CDIHR. Erección de Parroquias. Rollo 29, Item 1. Bucaramanga, UIS.
  9. Constitución Política de la Nueva Granada. Aplicación del Artículo 5º. De la Ley de 16 de Mayo de 1836, adicional a la Ley Orgánica del Régimen Provincial de 19 de Mayo de 1834. Y, en atención al Artículo 203 de la Constitución Política de la Nueva Granada.
  10. GACETA DE SANTANDER. Bucaramanga, 1888.
  11. Gaceta de Santander. Gobierno Departamental de Santander. Secretaria General- Socorro, diciembre 29 de 1868.
  12. GARCÍA CADENA, Adolfo. Mutiscua. En: Gaceta Histórica de Norte de Santander. Nº. 8 (Abril de 1938) Págs 217-221. Publicada en Unidad Católica. Nº. 1956 de Mayo 29 de 1937. Y, en la revista Estudio en Octubre 25 de 1933.

Notas

http://issuu.com/silvanopabon/docs/g_nesis_e_institucionalidad_de_mutiscua
[1] El nombre de Mutiscua se deriva del apellido del jefe militar granadino, Coronel Manuel Mutis Gama, conocido como héroe de Tarqui, quien falleció en la batalla de Tescua el 1 de abril de 1841. La fusión de los dos términos Mutis y Tescua originó el vocablo que designa esta parroquia y municipalidad.
[2] GARCÍA CADENA, Adolfo. Mutiscua. En: Gaceta Histórica de Norte de Santander. Nº. 8 (Abril de 1938) Págs 217-221. Publicada en Unidad Católica. Nº. 1956 de Mayo 29 de 1937. Y, en la revista Estudio en Octubre 25 de 1933.
[3] Expediente de Erección Parroquial de Mutiscua. Solicitud de parroquia elevada al Gobernador de Departamento de Pamplona, 1941.
[4] Don Patricio Villamizar es reconocido por la tradición popular y la misma historiografía tradicional como el fundador de Mutiscua. Sin embargo, su labor no fue más allá de la de sus vecinos del Valle, actuando como proponente del proyecto parroquial y cediendo y/o vendiendo algunos terrenos para asentar urbanísticamente la comunidad. Mutiscua no tiene un fundador, tiene unos fundadores, pues fue el esfuerzo colectivo lo que la hizo posible.
[5] Pueden considerarse históricamente como los fundadores primigenios de Mutiscua, los primeros proponentes y firmantes comprometidos con la institucionalidad de Mutiscua como parroquia y como distrito parroquial o municipio propiamente dicho. Trece de ellos firmaron a ruego por ser iletrados.
[6] Sala Municipal de Pamplona, a octubre 12 de 1841. Expediente de Erección Parroquial.
[7] Concepto de Monseñor Torres Stan sobre la legitimidad y conveniencia para erigir a Tapaguá en parroquia, octubre 14 de 1841.
[8] Título de Erección Parroquial de Mutiscua expedido por el Gobernador de la Provincia de Pamplona, Noviembre 24 de 1821.
[9] Aprobación de la Parroquia de Mutiscua por el Gobierno Central, firmada por el Secretario del Interior, Doctor Mariano Ospina Rodríguez, Bogotá, junio 18 de 1842.
[10] Aplicación del Artículo 5º. De la Ley de 16 de Mayo de 1836, adicional a la Ley Orgánica del Régimen Provincial de 19 de Mayo de 1834. Y, en atención al Artículo 203 de la Constitución Política de la Nueva Granada.
[11] La elección del primer Cura propio de la Parroquia de Mutiscua fue protocolizada por el Alcalde Pedro María Mantilla, el 28 de julio de 1842.
[12] Firma el General Pedro Alcántara Herrán, Presidente de la Nueva Granada, y el Doctor Mariano Ospina Rodríguez, Secretario del Interior y Relaciones Exteriores. Bogotá, febrero 4 de 1843.
[13] GACETA DE SANTANDER. Bucaramanga, 1888.
[14] AANP-NS. Erección de Parroquias. Rollo 29, Item 1.
[15] GARCÍA CADENA, Adolfo. Mutiscua... Op. Cit. Pág. 219
[16] La operación se efectuó ante el Notario Primero de Pamplona, de conformidad con el Acuerdo número 2, adicional y sustitutivo del número 1 de 30 de junio de 1924 por medio del cual se concedió licencia a la compañía Jaramillo & Cía.
[17] Gobierno Departamental de Santander. Secretaria General- Socorro, diciembre 29 de 1868.

1 comentario:

  1. Interesante artículo, vale la pena leerlo y relerlo con atención, desconocía cosas de mi terruño regional

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